del Paraguay, el Estado puede promover la salud como derecho fundamental de la persona
realicen actividades gravadas, cuando procedan al cese de actividades, tratándose de personas
Ley N° 1328/98 no constituye hecho generador del IVA, la Entidad deberá llevar registros
concordancia con lo dispuesto en el artículo 35 de la Ley, con excepción de las personas
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