TRIBUTARIA QUE ESTRUCTURA EL EXPEDIENTE N°, Y SE DISPONE PROCEDER AL AJUSTE DE LA OBLIGACIÓN
DIRECCION GENERAL DE FISCALIZACION TRIBUTARIA Y SE DISPONE PROCEDER AL AJUSTE DE LA OBLIGACION
LA CUAL SE REGLAMENTA LA PRESENTACIÓN DE DECLARACIONES JURADAS Y EL PAGO DE LAS OBLIGACIONES
3° DE LA RESOLUCIÓN SET RP N° DE FECHA, “POR LA CUAL SE PROCEDE A DETERMINAR LA OBLIGACIÓN
TRIBUTACION, QUE ESTRUCTURA EL EXPEDIENTE Nº Y SE DISPONE PROCEDER AL AJUSTE DE LA OBLIGACION
para beneficiar a todos los contribuyentes en general en el cumplimiento de sus obligaciones
CONSUMO-GAS OIL/DIÉSEL (Dia 25 del mes siguiente al período fiscal que se declara) OBLIGACION
El pago deberá efectuarse bajo el código de obligación N° 702 de acuerdo con el Calendario
Impuesto a la Renta del Servicio de Carácter Personal (IRP) aun cuando tengan la obligación
Si el vencimiento del plazo para el pago de esta obligación ocurre un día inhábil
Si el vencimiento del plazo para el pago de esta obligación ocurre en un día inhábil
Se encuentre al día en el cumplimiento de todas sus obligaciones tributarias.
Liquidación de Retenciones de los Impuestos a las Rentas Versión 1” con código de obligación
como medio de inversión, administración o resguardo de dinero, bienes, derechos y obligaciones
Ejemplo: El contribuyente cuenta únicamente con la obligación 211-IVA.
en el ejercicio vigente. b) Se encuentre al día en el cumplimiento de todas sus obligaciones
y percepción adecuen sus sistemas y procedimientos para dar cumplimiento a sus obligaciones
Tributaria llevaron cabo un control puntual exhaustivo sobre el cumplimiento de las obligaciones
enfocará en el combate al contrabando de diversos productos ilícitos que evaden las obligaciones
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