Terceros Autorizados es un requisito para la obtención del acceso a los servicios electrónicos
ESTABLECIDA EN LA RESOLUCIÓN GENERAL N° 90/2021 «POR LA CUAL SE IMPLEMENTA EL REGISTRO ELECTRÓNICO
presentación de información y declaraciones y uso de otros servicios por medios electrónicos
de las Declaraciones Juradas Rectificativas serán realizadas a través del Buzón Electrónico
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