En marzo vence el plazo para la liquidación del IRP correspondiente al ejercicio fiscal 2022, en tanto que los registros de comprobantes del mismo año pueden ser presentados excepcionalmente hasta junio (15/02/2023)
del Capital (IRP-RGC), a través de la presentación de las declaraciones juradas (Formularios...N° 515 y 516) en el Sistema Marangatu.