El pago deberá efectuarse bajo el código de obligación N° 702 de acuerdo con el Calendario
Impuesto a la Renta del Servicio de Carácter Personal (IRP) aun cuando tengan la obligación
Si el vencimiento del plazo para el pago de esta obligación ocurre un día inhábil
Si el vencimiento del plazo para el pago de esta obligación ocurre en un día inhábil
Mostrando el intervalo 709 - 712 de 902 resultados.