TITULO V - SISTEMA DE INFORMACIÓN DE LAS CONTRATACIONES PUBLICAS (SICP) - CAPÍTULO ÚNICO
(b)Los réditos obtenidos deben tener como único destino los fines para los que fueron
dependencia a que hacen referencia el literal b) del Artículo 77º y el Párrafo Único
por ciento (100%) del Impuesto al Valor Agregado, constituyendo dicho monto pago único
Mostrando el intervalo 477 - 480 de 584 resultados.