197 - ¿Quiénes no podrán optar por el Régimen Simplificado para Pequeñas Empresas - RESIMPLE?
    • Las Empresas Unipersonales que según la Ley N° 1.034/1983 “Del Comerciante” se encuentren obligadas a contar con una contabilidad ordenada.
    • Las Empresas Unipersonales con una facturación bruta anual superior a G. 80.000.000.
    • Quienes se dediquen a la importación y/o exportación.

     

    Art. 27 – Ley Nº 6380-19.

    Art. 1 y 4 – Resolución General Nº 32-20

    Art. 81 – Decreto N° 3182-19

    Art. 28 – Ley Nº 6380-19.