112 - ¿Cómo se presentan las declaraciones juradas una vez prescriptas?
  • El contribuyente que requiere la presentación de una declaración jurada de liquidación de impuestos, correspondiente a un periodo o ejercicio fiscal prescripto, o precise rectificar la información inicialmente declarada, deberá a petición de parte, presentar su solicitud a través de las mesas de entrada de la DNIT.

    Mientras duren las medidas sanitarias dispuestas por el Gobierno, la presentación de la solicitud deberá remitirse a dirección de correo electrónico establecido en la Resolución General 52/2020.

    Artículo 1° y 4° Resolución General Nº 66-20