84 - ¿A través de que medio se notificará el estado de la Consulta Vinculante?
  • La notificación de admisión o del rechazo de la solicitud; el pedido de requerimientos adicionales, así como la Resolución emitida por la DNIT se realizará íntegramente a través del Buzón Electrónico Tributario “Marandu”, y del correo electrónico declarado en el RUC por el contribuyente.

     

    Artículo 5° Resolución General N° 131-18