POR LA CUAL SE MODIFICA LA RESOLUCIÓN GENERAL DNIT N.° 30/2025 «POR LA CUAL SE ESTABLECEN LOS REQUISITOS Y CONDICIONES PARA LA HABILITACIÓN, RENOVACIÓN Y ACTUALIZACIÓN EN EL REGISTRO DE LAS PERSONAS VINCULADAS A LA ACTIVIDAD ADUANERA DE LA DIRECCIÓN NACIONAL DE INGRESOS TRIBUTARIOS»
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Asunción, 31 de julio de 2025 |
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VISTO: |
Ley n.° 2422/2004 «Código Aduanero», y sus modificaciones; Ley n.° 6380/2019 «De Modernización y Simplificación del Sistema Tributario Nacional»; Ley n.° 6562/2020 «De la Reducción de la Utilización de Papel en la Gestión Pública y su Reemplazo por el Formato Digital»; Ley n.° 7143/2023 «Que crea la Dirección Nacional de Ingresos Tributarios»; El Decreto n.° 82/2023 «Por el cual se establece la vigencia de la Ley n.° 7.143/2023»; El Decreto n.° 83/2023 «Por el cual se nombra al Sr. Oscar Alcides Orué Ortiz como Director Nacional de Ingresos Tributarios»; El Decreto n.° 4672/2005 «Que reglamenta el Código Aduanero»; El Decreto n.° 3465/2025 «Por el cual se modifica el artículo 17 del anexo al Decreto n.° 4672/2005, “Por el cual se reglamenta la ley n.° 2422/2004, ´Código Aduanero´, y se establece la estructura organizacional de la Dirección Nacional de Aduanas”, se autoriza a la Dirección Nacional de Ingresos Tributarios a reglamentar los requisitos y condiciones para su aplicación y se derogan los artículos del 18 al 97 del Título II del anexo al citado Decreto»; La Resolución General DNIT n.° 30/2025 «Por la cual se establecen los requisitos y condiciones para la Habilitación, Renovación y Actualización en el Registro de las Personas Vinculadas a la Actividad Aduanera de la Dirección Nacional de Ingresos Tributarios»; y, |
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CONSIDERANDO:
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Que resulta pertinente realizar aclaraciones en la Resolución General DNIT n.° 30/2025 «Por la cual se establecen los requisitos y condiciones para la Habilitación, Renovación y Actualización en el Registro de las Personas Vinculadas a la Actividad Aduanera de la Dirección Nacional de Ingresos Tributarios» respecto al Registro PVAA para los importadores ocasionales y ampliar lo dispuesto en su anexo, respecto a los requisitos para la habilitación. Que la Dirección Nacional de Ingresos Tributarios cuenta con facultades suficientes para impartir instrucciones para la mejor aplicación, administración, percepción y control de los tributos. Que, la Dirección General de Asesoría Jurídica se ha expedido en los términos del Dictamen DGAJ-pni n.° 62 del 31 de julio de 2025. |
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POR TANTO, |
EL DIRECTOR NACIONAL DE INGRESOS TRIBUTARIOS RESUELVE: |
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Artículo 1°. - |
Modificar el artículo 11 de la Resolución General DNIT n.° 30/2025 «Por la cual se establecen los requisitos y condiciones para la Habilitación, Renovación y Actualización en el Registro de las Personas Vinculadas a la Actividad Aduanera de la Dirección Nacional de Ingresos Tributarios», el cual queda redactado de la siguiente manera: Artículo 11. - Excepcionalmente, el tipo de PVAA “Importador Ocasional” tendrá una vigencia de la Habilitación hasta el 31 de diciembre del año en que se habilitó en el Registro PVAA. |
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Artículo 2°. - |
Ampliar lo dispuesto en el Anexo de la Resolución General DNIT n.° 30/2025 «Por la cual se establecen los requisitos y condiciones para la Habilitación, Renovación y Actualización en el Registro de las Personas Vinculadas a la Actividad Aduanera de la Dirección Nacional de Ingresos Tributarios», en los siguientes términos:
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Artículo 3°. - |
Comunicar a quienes corresponda y cumplido archivar. |
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ÓSCAR ALCIDES ORUÉ ORTIZ
DIRECTOR NACIONAL
DIRECCIÓN NACIONAL DE INGRESOS TRIBUTARIOS
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