
A partir del 1 de agosto de 2025, estará habilitada una nueva funcionalidad en el Sistema de Gestión Tributaria Marangatu de la Dirección Nacional de Ingresos Tributarios (DNIT) para la inscripción y renovación del Registro de las Personas Vinculados a la Actividad Aduanera (PVAA), conforme a la Resolución General DNIT N.º 30/2025.
Esta resolución busca simplificar el proceso y unificar los requisitos y condiciones que deben cumplir las personas obligadas a registrarse. Con esta medida, la DNIT reafirma su compromiso con la digitalización de los trámites, promoviendo el uso de tecnología para brindar servicios más eficientes, reduciendo costos y tiempos tanto para las PVAA como para los contribuyentes, en línea con su Plan Estratégico Institucional.
Requisitos para despachantes de aduana
Se recuerda a todos los despachantes de aduana que es obligatorio contar con una Garantía Profesional vigente, cuya cobertura debe extenderse hasta la fecha de vencimiento de su habilitación, según el calendario oficial que rige por la terminación del RUC (sin considerar el dígito verificador - DV).
Aquellos despachantes cuya garantía esté vigente hasta el 30/04/2026 o el 31/05/2026, y cuya habilitación como PVAA, según la terminación del RUC, venza en los meses de junio, julio, agosto, septiembre, octubre, noviembre o diciembre, deberán gestionar una póliza adicional que cubra el período faltante, de acuerdo con el calendario oficial.
Requisitos para importadores
Para los importadores, es importante tener en cuenta que la habilitación como PVAA a través del SGTM constituye un nuevo registro. Por lo tanto, si el importador cuenta con apoderados para operar ante la Gerencia General de Aduanas (GGA), deberá actualizar previamente los datos del RUC, incluyendo formalmente a los "Apoderados PVAA".
Igualmente, esta actualización debe realizarse desde el menú: “Solicitudes/Solicitud de Actualización” del Marangatu, antes de iniciar la solicitud de habilitación en el Registro PVAA como importador. Cabe señalar que este paso es obligatorio para todos los importadores que operen con apoderados, sin excepción.
Además, los importadores que sean personas jurídicas deben verificar que los datos del Representante Legal estén actualizados en el RUC antes de presentar la solicitud de habilitación en el Registro PVAA.
Una vez que la solicitud de actualización de datos (del Representante Legal y/o Apoderados) sea aprobada por la Gerencia General de Impuestos Internos (GGII), la información se integrará automáticamente a los sistemas aduaneros, permitiendo que estas personas puedan representar al contribuyente de forma regular.
Si los datos del Representante Legal ya están actualizados en el RUC, pero no tiene registrada la firma al pie de la copia de su cédula, de manera excepcional se permitirá adjuntar una copia firmada de la cédula de identidad, por única vez, al momento de presentar la solicitud de habilitación en el Registro de PVAA.