
La Dirección Nacional de Ingresos Tributarios (DNIT) procedió a la suspensión temporal de las actividades comerciales de dos locales, situados en las ciudades de Lambaré y Asunción. Uno de ellos del rubro de materiales de construcción y artículos de ferretería, en tanto que el otro dedicado al comercio de bebidas, con restaurante y parrillada.
Conforme a la orden emanada del juzgado competente, ambos locales comerciales mantuvieron cerradas sus puertas al público por tres días, teniendo en cuenta que dicho mandamiento judicial faculta a la DNIT, a suspender las actividades comerciales por haberse detectado la falta de emisión de comprobantes de venta en los procedimientos de control realizados en los mismos.
A la par de la ejecución de la medida judicial, se llevó a cabo una fiscalización a los contribuyentes, a fin de determinar la existencia o no de defraudación fiscal. En ese marco, se realizó un inventario, arqueo de caja, verificación de los documentos timbrados, entre otras tareas.
El control realizado en ambos locales tuvo origen en denuncias de terceros, por lo que se llevaron a cabo los procedimientos de compras simuladas y operativos disuasivos en cada local, constatándose el incumplimiento de las disposiciones vigentes en cuanto a emisión y entrega de comprobantes, así como de obligaciones formales, situaciones que permitieron a la Administración Tributaria solicitar el mandamiento judicial respectivo.