La Subsecretaría de Estado de Tributación emitió la Resolución General N° 95/2021
La Subsecretaría de Estado de Tributación emitió la Resolución General N° 95/2021 “Por la cual se amplía la nómina de facturadores electrónicos habilitados para la fase de “adhesión voluntaria” del Sistema Integrado de Facturación Electrónica Nacional (SIFEN) y se disponen medidas administrativas para la emisión de documentos tributarios electrónicos” la cual habilita a unos 260 contribuyentes a emitir documentos electrónicos y establece los plazos para la emisión en forma exclusiva por este medio.
En este sentido, los contribuyentes que figuran en el Anexo 1 de la mencionada normativa, son designados como facturadores electrónicos en la fase de “Adhesión Voluntaria” siendo estos habilitados para emitir y recibir documentos electrónicos, pudiendo además seguir emitiendo comprobantes impresos.
En tanto, los contribuyentes señalados en los Anexos 2 y 3, deberán emitir únicamente de forma electrónica sus documentos tributarios (a excepción del Comprobante de Retención virtual) conforme al siguiente calendario:
ANEXO | FECHA A PARTIR DE LA CUAL QUEDAN OBLIGADOS |
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2 – Plan Piloto (14 Contribuyentes) | 01 de enero de 2022 |
3 – Adhesión Voluntaria (246 Contribuyentes) | 01 de abril de 2022 |
Los contribuyentes que deseen adherirse al SIFEN como facturadores electrónicos podrán hacerlo a partir del 01 de abril de 2022, cumpliendo con el proceso de habilitación que será establecido para el efecto por la Administración Tributaria.
La emisión de los Documentos Tributarios Electrónicos se deberá ajustar a lo dispuesto en el Decreto N° 7795/2017, sus reglamentaciones y a las reglamentaciones de los impuestos, debiendo cumplir con el procedimiento establecido en la documentación técnica del SIFEN para cada documento electrónico.
Los interesados en consultar la Resolución General N° 95/2021 y sus Anexos, pueden hacerlo ingresando a la página web www.set.gov.py sección Normativas / 2021.