COMUNICADO VUI

04 de noviembre, 2025
Vui

La Dirección Nacional de Ingresos Tributarios (DNIT) informa que, en el marco de la modernización de la Ventanilla Única del Importador (VUI 2.0) y del Sistema Integrado DIGEMABEL (SID), entra en vigor la Ley N.º 7411/2024 de Armas y la Resolución N.º 203/2025, definiendo los niveles de control y los procedimientos administrativos aplicables a cada tipo de material.

CLASIFICACIÓN

Anexo A – Materiales con Autorización Previa
Requieren autorización expresa de DIGEMABEL antes de su importación.

  • Armas de fuego civiles y sus componentes críticos.
  • Explosivos.
  • Materiales de uso privativo de las FF.AA.

Anexo B – Sujetos a Verificación en Zona Primaria

  • Verificación de oficio en aduanas habilitadas.
  • Armas de fogueo.
  • Réplicas.
  • Miras telescópicas.
  • Armas de aire comprimido.

Anexo C – Materiales no controlados por DIGEMABEL

  • Ballestas.
  • Chalecos antibalas.
  • Equipamiento táctico.
  • Herramientas.

Cooperación y Capacitación

La implementación se realiza en el marco del Convenio Marco de Cooperación Interinstitucional, firmado entre la DNIT y la DIGEMABEL.

Se realizaron capacitaciones a funcionarios de ambas instituciones y a usuarios vinculados a la actividad aduanera.

 

Asunción, 3 de noviembre de 2025