Con el objetivo de aliviar la carga de los contribuyentes y evitar la generación de incumplimientos, la Dirección Nacional de Ingresos Tributarios (DNIT) emitió la Resolución General N.º 50/2026, mediante la cual dispuso la prórroga excepcional del plazo para la presentación de los Estados Financieros.
La normativa establece que los contribuyentes del Impuesto a la Renta Empresarial (IRE), régimen general, con ejercicio fiscal cerrado al 31 de diciembre de 2025, podrán presentar sus Estados Financieros hasta el 30 de junio de 2026, conforme al Calendario de Vencimientos de Declaraciones Juradas Informativas.
Por su parte, los plazos para la presentación de Estados Financieros de aquellos contribuyentes del IRE con cierre de ejercicio en los meses de abril y junio de 2026 se mantienen sin modificaciones.
Los interesados pueden consultar la Resolución General N.º 50/2026 en el sitio web institucional www.dnit.gov.py, en la sección Normativas / Resoluciones / 2026.